tag:blogger.com,1999:blog-7359075706797193403.post6696852180144350419..comments2022-11-20T13:46:27.750+01:00Comments on Las mentiras de Barajas: AENA AL BANQUILLO DE LOS ACUSADOS POR EL RUIDO DEL TRÁFICO AÉREO EN EL AEROPUERTO DE BARCELONA-EL PRATPor la seguridad en Barajashttp://www.blogger.com/profile/03195736694424440954noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-7359075706797193403.post-33415822793847022362012-05-03T11:52:11.754+02:002012-05-03T11:52:11.754+02:00Creo que por mucho que sienten en el banquillo de ...Creo que por mucho que sienten en el banquillo de los acusado a esta seríe de "personas", el problema de la Contaminación por RUIDO no solo para los vecinos de Castelldefels, sino para todos los afectados por esta indebida e innecesaria contaminación que premeditadamente por RUIDO provocan los aviones en todos los aeropuertos civiles de España, no es que seguirá exactamente igual que el 7 de julio de 2003, sino que evidentemente irá cada vez más aumentando.<br /><br />En mi opinión a excepción del ex Director General de Aviación Civil, D. Manuel Bautista, todas las de más personas que han citadas por el Juzgado de Instrucción Nº3 del Prat de Llobregat, son solo un paripé, porque está no claro sino clarísimo que toda esa contaminación por RUIDOS DE LOS AVIONES que en este momento innecesariamente le están provocando AENA premeditadamente a los vecinos de Castelldefels no solo seguirá igual sino evidentemente irá a más, mientras que el actual Director General de Aviación Civil, Sr. Amejeira, al igual que NO lo hizo su antecesor, siga sin activar el Artículo 47 y la Disposición Adicional Tercera de la Ley de Seguridad Aérea 21/2003 de 7 de julio.<br /><br />Como ustedes pueden comprobar fehacientemente en el escrito de fecha 24 de octubre de 2007 emitido por el Jefe de la División de Medio Ambiente de AENA, D. Juan Antonio Burgos, si el equipo de Las Mentiras de Barajas tienen a bien publicar una fotocopia del mismo, en el se Certifica precisamente esto, que la Dirección General de Aviación Civil mantiene sin activar dicho Artículo 47 sobre Disciplina de Tráfico Aéreo en Materia de Ruido, y por lo que en España no se contempla que a ningún piloto se le sancione por este motivo, y que para que no haya lugar a errores en su interpretación literalmente paso a copiarlo;<br /><br /> "contempla, en ningún caso, la superación de niveles máximos de impacto acústico como conducta, de por sí, susceptible de sanción"<br /><br />Está muy claro que mientras que el Director General de Aviación Civil de turno, premeditadamente siga manteniendo desactivado el Artículo 47 de la Ley de Seguridad Aérea, como en este preciso momento la mantiene el Sr. Amejeira, jamás en España se sancionará a un piloto o en sudefecto a su compañía, por contaminar el Medio Ambiente por Ruidos, o lo que es lo mismo, las Terminales Monitores de Ruido (TMR) instaladas en el aeropuerto de El Prat o en cualquier otro aeropuerto español que han costado una pasta gansa pagada por todos los españoles, que son los únicos instrumentos Oficiales que en cualquier otro aeropuerto que no sea español de manera instantanea son los que se "chivan" y avisa cuando un piloto contamina el Medio Ambiente , en España todas esas Terminales (TMR) están de ADORNO O HACIENDO EL PARIPÉ<br />Luis GuilLuis Guilnoreply@blogger.com