La seguridad aérea es de interés público y afecta a toda la sociedad (Javier Aguado del Moral)


In times of universal deceit, telling the truth becomes a revolutionary act (George Orwell)


Cuando el sabio señala la luna, el necio se queda mirando el dedo (Confucio)

jueves, 7 de enero de 2010

LA CIAIAC OCULTA DATOS RELEVANTES EN EL INFORME DEL INCIDENTE DE LANZAROTE

¿Qué es la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC)?

Según se indica en la página web del Ministerio de Fomento, la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC), adscrita a la Subsecretaría del Ministerio de Fomento, es el organismo oficial encargado de realizar la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil que se producen en territorio español.


Como antecedentes legales hay que citar la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre navegación aérea, que se ocupa de la investigación de los accidentes aéreos en su artículo 134, en el que se establece que corresponderá a las autoridades aeronáuticas la investigación en los casos de accidentes.

Como desarrollo de esta Ley, se promulgó el "Decreto 959/1974, de 28 de marzo, sobre investigación, e informe de los accidentes de aviación civil", mediante el que se creó, en dependencia orgánica de la Subsecretaría de Aviación Civil, la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, como órgano colegiado de especialistas al que incumbían misiones de índole técnica, desprovistas de todo carácter judicial.

Mediante el Real Decreto 389/1998
por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil", de 13 de marzo de 1998 (BOE de 23 de Marzo de 1998), se incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 94/56/CE del Consejo, se actualizó el procedimiento de investigación y se establecieron las funciones de los distintos componentes de la Comisión de acuerdo con el nuevo marco organizativo de la Administración General del Estado.

Esto supuso, básicamente, el cambio de adscripción y composición del Pleno de la que pasó a denominarse Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil, y el que los investigadores cuenten con un estatus que les permite desarrollar su actividad con libertad e independencia de criterio.



La Ley 21/2003, de 7 de Julio, de Seguridad Aérea (publicada en el B.O.E. del 8 de Julio de 2003) regula en su Título II la investigación técnica de accidentes e incidentes de aviación civil. Como se indica en su Preámbulo, esta Ley refuerza la independencia del órgano colegiado encargado de efectuar las investigaciones, la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil, que está adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento.

La investigación tiene un carácter exclusivamente técnico, su fin último es la prevención de futuros accidentes e incidentes, y no está dirigida a determinar ni establecer culpa o responsabilidad de tipo alguno.

Los resultados de la investigación se plasman en un informe que contempla la información factual en relación con el accidente o incidente, un análisis de la misma, unas conclusiones y unas recomendaciones en materia de seguridad. Estas recomendaciones constituyen el medio que se considera más adecuado para proponer medidas que permitan aumentar la seguridad aérea.


¿Quiénes forman la CIAIAC? No lo conocemos, pero según se informa en la web cuenta con personal y medios propios adecuados para el desarrollo de su actividad, así como con la colaboración puntual de organismos y especialistas externos.

Si volvemos sobre el informe del incidente del Aeropuerto de Lanzarote que tuvo lugar el 5 de junio y lo comparamos con el accidente del Aeropuerto de Madrid-Barajas, se tiene que en ambos casos falló la alarma de mala configuración en el despegue (TOWS, Take Off Warning System), lo que impidió que los pilotos se dieran cuenta de que se disponían a despegar sin desplegar los flaps. En ambos casos intentaron despegar con los slats retraídos y flaps 0º



Entonces, ¿por qué en Lanzarote el piloto al mando fue capaz de controlar el avión y evitar el accidente y en Barajas no?

La respuesta está en el viento que había en el momento del despegue. Este dato, que es esencial, no aparece en el informe del incidente de Lanzarote ni en el informe interino del accidente de Barajas.




Se trata de un dato conocido y que esta registrado en las grabaciones de la conversaciones entre control y la aeronave, y en el caso de Barajas además en la caja negra. En el informe del incidente de Lanzarote indican el METAR a las 9:30 y a las 10:00 hora local, pero ¿por qué no indican el viento que había en el momento del despegue? El dato que control da al piloto a las 10:44 junto con la autorización para el despegue.

Entonces ¿por qué lo ocultan?


En el informe interino del accidente de Barajas ni siquiera lo mencionan ni ofrecen ningún tipo de información meteorológica, pero todos sabemos que había viento del sur-suroeste.

En Lanzarote el viento fue de cara, en Barajas el viento fue de cola. En Lanzarote se salvaron todos, en Barajas se mataron 154.



La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) no está haciendo bien su trabajo y a sabiendas, porque siendo el viento un dato fundamental para analizar un despegue no hay razón objetiva para esconderlo, salvo que quieran ocultar algo: la responsabilidad de AENA y la Dirección General de Aviación Civil en el accidente de Barajas, y así evitar que algunos de sus responsables actuales y anteriores, si no todos, estén en una cárcel de máxima seguridad y en régimen de aislamiento; y no para que no escapen, sino para que no reciban antes de tiempo lo que se merecen.

lunes, 4 de enero de 2010

INFORME DEL INCIDENTE DE LANZAROTE: SE SALVARON POR EL VIENTO

En Lanzarote el viento fue de cara, en Barajas el viento fue de cola. En Lanzarote se salvaron todos, en Barajas se mataron 154.

La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) ha publicado el informe definitivo del incidente del MD-83 de Mapjet acontecido el 5 de junio de 2007 en el Aeropuerto de Lanzarote. El incidente, ocurrido un año antes de la tragedia de Barajas, no tuvo consecuencias, ya que los pilotos fueron capaces de hacerse con el control de avión, si embargo en ambos casos falló la alarma de mala configuración en el despegue (TOWS, Take Off Warning System), lo que impidió que los pilotos se dieran cuenta de que se disponían a despegar sin desplegar los flaps.











La conclusión es sencilla: El MD-83 de Lanzarote y el MD-82 de Barajas intentaron despegar con los slats retraídos y flaps 0º. El MD-83 de Lanzarote consiguió remontar el vuelo porque tenía el viento de cara y el MD-82 de Barajas se estrelló por intentar despegar con el viento de cola. En Lanzarote sobrevivieron todos, en Barajas hubo 154 muertos y 18 heridos graves.


A pesar de ello, las autoridades aeronáuticas españolas (AENA, AESA de la Dirección General de Aviación Civil) siguen erre que erre: sin reconocer lo que para todos es evidente, que el MD-82 de Spanair, vuelo JK5022, se estrelló porque en el Aeropuerto de Madrid-Barajas obligan a los aviones a operar con el viento de cola.

lunes, 28 de diciembre de 2009

ACCIDENTE AÉREO EN JAMAICA, ¿QUÉ HABRÍA SUCEDIDO EN BARAJAS?


El avión, un Boeing 737 vuelo AA331 de la compañía American Airlines, inició el viaje en el aeropuerto Ronald Reagan de Washington, después de hacer escala se dirigió hacia la capital de Jamaica, Kingston, a la que llegó a última hora del martes 22 de diciembre (madrugada del 23 en España). En el accidente resultaron heridas 90 personas.


El aparato atravesó la valla de final de pista y prosiguió su marcha hasta quedarse parado sobre unas dunas cubiertas por el césped a pocos metros del mar. En el momento del impacto, la aeronave golpeó un terraplén, entonces el tren de aterrizaje y los motores se separaron del avión, como están diseñados para hacerlo, parte del fuselaje se partió y la punta del ala izquierda también se desprendió del avión.

Las causas exactas del accidente están siendo investigadas, pero las autoridades señalaron que la fuerte lluvia pudo ser un factor importante del accidente. Las lluvias fuertes pueden reducir la visibilidad y hacer más difícil la frenada a un avión.

Si este accidente hubiera sucedido en el Aeropuerto de Madrid-Barajas, ¿qué habría pasado?

Recordamos que los aterrizajes largos por las pistas 33 R y 33 L en configuración Norte y los de la 18 R y 18 L en configuración Sur, tienen riesgo de colisión con las aeronaves estacionadas que aguardan haciendo cola para el despegue por las pistas 36 R y 36 L en configuración Norte y los de la 15 R y 15 L en configuración Sur.

Dicho riesgo también ha sido contemplado en informes de la Dirección General de Aviación Civil e igualmente despreciado por ésta, además de interpretar que no es necesario aplicar la Normativa del FAA, considera que es escasa la incidencia en las estadísticas barajadas y que además la posible colisión se podría evitar en todo caso pues las aeronaves podrían desplazarse para evitar el impacto.



El informe fue elaborado en junio de 2005 por José Manuel "Bacterio" Hesse Martín, entonces Director del Plan Barajas y ahora Director de Medio Ambiente de AENA, y Ramón de Bustos Pérez de Salcedo, Director de Infraestructuras de AENA.







¡Vaya máquinas estos de AENA! Es decir, que el avión declara un aterrizaje de emergencia o declara que frustra o que se va a salir de la pista, o no, simplemente sucede; entonces control avisa a los aviones que están estacionados (recordamos, no permanentemente), y los 5, 10 ó 15 aviones que haya se retiran a tiempo y el que viene los sortea. Desde luego, si AENA ha llevado a cabo simulaciones de este supuesto nos gustaría verlas.

¿Es acaso viable que en los escasos segundos en los que puede producirse un fallo en el aterrizaje de una aeronave sea posible dejar libre toda la Zona de Protección de Pistas (RPZ) que actualmente está invadida permanentemente por naves esperando y haciendo cola para despegar? Esta situación de riesgo se empeora gravemente al haber ubicado en estas RPZ (que deberían permanecer libres del más mínimo objeto que no sea frangible tal y como establece la FAA) las Plataformas de Deshielo de Aeronaves y sus respectivas maquinarias, tal y como puede comprobar en el actual Plano de Rodadura. De hecho la RPZ situada en el primer tercio de la pista 33 L no es visible desde la Torre de Control.

Es evidente que este mismo accidente en Barajas resultaría en una catástrofe de miles de muertos, todos los que en ese momento se encontrasen dentro del interior de los 5, 10 ó 15 aeronaves que se encuentran estacionadas haciendo cola para despegar dentro de la Zona de Protección de Pistas (RPZ).

Veamos un ejemplo de lo que sucede cuando un avión se sale de la pista:




Pone los pelos de punta ¿no?

Ya saben el riesgo en el que se encuentran mientras esperan que el avión despegue en el Aeropuerto de Madrid-Barajas.

¿Cómo mirarán a estos señores a partir de ahora, a la tropa de AENA?

El presidente de AENA, Juan Ignacio "Pato Donald" Lema


El director del Aeropuerto de Madrid-Barajas: Miguel Ángel "Filemón" Oleaga Zufiría


El director adjunto del Aeropuerto de Madrid-Barajas: José "Mortadelo" Sanz Dodero