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Cuando el sabio señala la luna, el necio se queda mirando el dedo (Confucio)

miércoles, 14 de septiembre de 2011

LA MALA CONCIENCIA DE AENA

De las recomendaciones que el Informe definitivo del accidente del JK5022 de Spanair en el Aeropuerto de Madrid-Barajas el día 20 de agosto de 2008, elaborado por la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC), realiza a la empresa todavía pública AENA nos fijamos en la primera y última:


REC 38/11. Se recomienda a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) que realice una evaluación de la necesidad de seguir manteniendo la valla interna que rodea la pista 36L, y si así resulta, se lleven a cabo modificaciones en dicha valla para asegurar un acceso más expedito a todas las zonas del aeropuerto situadas mas allá.

REC 41/11. Se recomienda a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) que potencie la preparación del personal del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) en materia de primeros auxilios y se complemente su formación con cursos de salvamento acuático y socorrismo en aquellos aeropuertos con entornos acuáticos para los que no se prevea la disposición de medios especiales de salvamento ajenos al propio aeropuerto.



En la REC 38/11 recomienda, entre otras, que se lleven a cabo modificaciones en dicha valla para asegurar un acceso más expedito a todas las zonas del aeropuerto situadas más allá. En la REC 41/11 recomiendan, entre otras, que se complemente la formación del personal del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) con cursos de salvamento acuático y socorrismo en aquellos aeropuertos con entornos acuáticos para los que no se prevea la disposición de medios especiales de salvamento ajenos al propio aeropuerto.


Suponemos que así AENA será capaz de mejorar los cuarenta minutos que tardaron en llegar los servicios de salvamento al lugar del accidente y asistir a los supervivientes.


Estas fotografías demuestran la mala conciencia de AENA, que ya ha mejorado los accesos al lugar del accidente. Suponemos que así no les pasará como en los actos del primer aniversario, cuando se perdieron y no eran capaces de encontrar ni acceder al lugar del accidente.




Ahora esperamos que AENA, como siguiente acto de su representación macabra, difunda una de sus clásicas notas de prensa con fotos de los trajes de hombre rana adquiridos para que el personal del Servicio de Salvamento del Aeropuerto de Madrid-Barajas pueda utilizarlo en su entorno acuático: el Río Jarama y el Arroyo de la Vega.


Como se puede observar en las fotografías, el Arroyo de la Vega sigue visible y accesible, despidiendo, junto con el barranco por el que se despeñó el JK5022, a los vuelos que despegan por la pista 36L.


Todo sigue igual para que se repita otro 20 de agosto de 2008.

2 comentarios:

Luis Guil dijo...

Estimado equipo de Por la Seguridad en Barajas:

Aena en absoluto puede tener mala conciencia porque a esa zona no se pudiera acceder, que no olvidemos que toda ella está ubicada dentro de la RPZ (Runway Protectión Zone) de la "pista" 36L, porque sencillamente la Sra ex Ministra de Fomento Doña Magdalena Alvarez por escrito dice que a la vista de la Circular Aérea AC 150/5300-13 que le fue solicitada a través de INECO a la FAA, porque en ella según dice la ex Ministra de Fomento, el lesgislador americano establece que un avión que rebase el el final de una pistas nunca puede llegar a esta zona que corresponde a la RPZ de la pista 36L.

Copio y pego a continuación el párrafo correspondiente del informe de la ex Ministra recordándoles que fue elaborado y firmado por el ingeniero aeronáutico en ese momento Director del Plan Director de Barajas, D. José Manuel Hesse

"La RPZ es una zona adicional a la OFA, de mayores dimensiones, y en donde no se espera que llegue una aeronave que ha rebasado el extreno de pista en su frenada"

Justo antes de este párrafo hay otro que copio literalmente también, en el que expone cual es la definición que la FAA da de una RPZ en la AC 150/5300-13 que le remitió;

PPZ.- Área de forma trapezoidal, de tamaño bastante mayor que la OFA, también situada a continuación de la pista y destinada a mejorar la protección de las personas y de las propiedades a nivel de suelo"

Luis Guil

Luis Guil dijo...

Sería sumaente esclarecedor que el Sr. Hesse explicara como fue posible que el MD-82 llegara y se estrellara en la RPZ de la pista 36L, cuando el mismo asegura por escrito que es el lesgislador, es decir la FAA, que la que le remitió la Circular Aérea que le solicita con motivo de la obra de ampliación de Barajas, AC 150/5300-13, el que asegura que una aeronave que rebasa en su frenada el final de una pista nunca podría llegar a la RPZ.

Exactamente el Sr. Hesse dice:

"La RPZ es una zona adicional a la OFA, de mayores dimensiones, y en donde no se espera que llegue una aeronave que ha rebasado el extreno de pista en su frenada"

Aunque sorprendentemente el Sr. Hesse antes asegura que en esa misma Circular Aérea de la FAA definen a la RPZ como sigue:

"PPZ.- Área de forma trapezoidal, de tamaño bastante mayor que la OFA, también situada ¡¡A CONTINUACIÓN DE LA PISTA!! y destinada a mejorar la protección de las personas y de las propiedades a nivel de suelo"