La seguridad aérea es de interés público y afecta a toda la sociedad (Javier Aguado del Moral)


In times of universal deceit, telling the truth becomes a revolutionary act (George Orwell)


Cuando el sabio señala la luna, el necio se queda mirando el dedo (Confucio)

viernes, 14 de noviembre de 2008

¿OCULTA AENA EL RIESGO DE UN ACCIDENTE MUY GRAVE EN BARAJAS?








Desde Las Mentiras de Barajas le otorgamos al Aeropuerto de Madrid-Barajas un MUY DEFICIENTE en seguridad en la operación y a AENA un SUSPENSO en transparencia y acceso a la información.
El pasado 4 de noviembre un vecino de la zona norte, preocupado tras el accidente que tuvo lugar en Lanzarote el 31 de octubre, envió un correo electrónico a AENA (
ofima@aena.es) con una serie de preguntas sobre la seguridad de las operaciones en Barajas. Ocho días después, AENA remite una carta en la que no responde a ninguna de las cuestiones planteadas.
Cuando un ciudadano se dirige a la empresa responsable de los aeropuertos y la navegación aérea en toda España y ésta se escabulle, ¿qué piensa el ciudadano? Pues que le están ocultando la verdad.
Un suceso como el del pasado viernes 31 de octubre en el aeropuerto de Lanzarote, en el que un avión (un Boeing B-737) de Air Europa se salió de la pista y aterrizó en el extremo asfaltado del aeropuerto de Lanzarote, donde quedó junto a la valla del recinto aeroportuario y a menos de cien metros del mar, sin que hubiera víctimas, en el Aeropuerto Barajas ¿habría tenido consecuencias catastróficas? AENA no responde.

AENA, por lo tanto, puede estar ocultando lo siguiente:
  1. El aterrizaje frustrado por la pista 18 R en categoría ILS II y III podría estar sujeto a otro riesgo de accidente provocado por una frustrada fallida colisionando con los depósitos de combustible CLH, las terminales T1, T2 y T3 y el pueblo de Barajas, los cuales se encuentran ubicados en la zona de seguridad –OFA extend- y dentro de la franja de protección de 3.500 metros recomendada.

  2. Los aterrizajes largos de las pistas 33 R y 33 L en configuración Norte y los de la 18 R y 18 L en configuración Sur, pueden tener riesgo de colisión con las aeronaves estacionadas que aguardan haciendo cola para el despegue por las pistas 36 R y 36 L en configuración Norte y los de la 15 R y 15 L en configuración Sur.

  3. El aterrizaje frustrado por la pista 33 L en categoría ILS II y III, según operaciones publicadas en AIP en la actualidad, es al parecer susceptible de impactar con la terminal T4.

  4. El aterrizaje frustrado por la pista 18 R en ILS CAT-II-III, es susceptible de impactar con la nueva Torre de Control que invade sus OAS de frustrada, al haberla ubicado a escasos 400 metros.

  5. Los espacios de Seguridad establecidos para los aterrizajes frustrados por la pistas 33 R y 33 L en categoría ILS II y III, que deberían permanecer libres de objetos para cumplir su misión de SEGURIDAD, al parecer son sistemáticamente invadidos por las aeronaves que despegan desde las pistas 36 R y 36 L con el riesgo de colisión, precisamente por no cumplir la Normativa del Anexo 14 de OACI de operar en PISTAS PARALELAS O CASI PARALELAS. Esta situación es contemplada cuando Barajas opera en configuración Norte y vuelve a reproducirse exactamente igual cuando opera en configuración Sur.

Después de leer la contestación aterrizar y despegar en Barajas será una experiencia distinta.
No obstante, AENA, en el primer y último párrafo hace referencia a una serie de documentos que se supone sirvieron de base para el diseño de las operaciones de Barajas. Estos documentos son los que le han sido requeridos por el Defensor del Pueblo y todavía no ha entregado en los que supuestamente se contemplan las OPERACIONES SIMULTÁNEAS Y SEGREGADAS A PISTAS CRUZADAS.


Desde las Mentiras de Barajas animamos a todos los ciudadanos a denunciar esta situación de inseguridad y a solicitar esos documentos. Tan sencillo como enviar un correo a ofima@aena.es y solicitar lo siguiente:


Estimado Señor,
acogiéndome a la Ley 27/2006 de acceso a la información medioambiental le solicito me proporcione el Capitulo, Anexo o Documento de OACI o del Reglamento de Circulación Aérea (RCA) donde se contemplen las OPERACIONES SIMULTANEAS Y SEGREGADAS A PISTAS CRUZADAS que son las que están utilizando actualmente en Barajas.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.