La seguridad aérea es de interés público y afecta a toda la sociedad (Javier Aguado del Moral)


In times of universal deceit, telling the truth becomes a revolutionary act (George Orwell)


Cuando el sabio señala la luna, el necio se queda mirando el dedo (Confucio)

martes, 15 de diciembre de 2009

AENA Y AVIACIÓN CIVIL ADELANTE CON SU REFORMA PARA LEGALIZAR EL RUIDO Y LA INSEGURIDAD DEL AEROPUERTO DE MADRID-BARAJAS

AENA y la dirección General de Aviación Civil, del Ministerio de Fomento siguen adelante con su proyecto de modificar el artículo 4 de la Ley de Navegación Aérea para dar cobertura legal al ruido que provocan los aviones sobre las poblaciones cercanas a los aeropuertos, y en especial el de Madrid-Barajas, y legalizar la operación insegura en este aeródromo.

En el artículo publicado el 9 de diciembre informamos que el Gobierno, quemada la vía de la enmienda en el Senado, optó por presentar un Proyecto de Ley en el Consejo de Ministros para modificar la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea.

Bajo el epígrafe del anuncio oficial "El Gobierno impulsa la mejora de la seguridad aérea", El ministro de Fomento, José Blanco, presentó el pasado viernes al Consejo de Ministros una serie de normas para la mejora de la seguridad aérea, "cuyo objetivo prioritario y común es reforzar la necesaria confianza en el sector aéreo, en su seguridad y en sus profesionales."







Entre las normas presentadas, que serán tramitadas en las próximas semanas, se encuentran:

Ley de Seguridad Aérea. Con este proyecto, Fomento se propone completar el impulso modernizador de la normativa aeronáutica, reforzando aquéllos instrumentos que, desde enfoques preventivos, permiten seguir avanzando en la mejora de la seguridad. Y se centra en reforzar el enfoque preventivo así como las capacidades de inspección de la Administración del Estado. Sí, que se lo cuenten a Javier "Eliot Ness" Aguado del Moral. Creemos necesario que alguien informe al Ministro de Fomento cómo se lleva a cabo en la actualidad la inspección aeronáutica en España.

Real Decreto sobre servidumbres aeronáuticas:
se modifica la norma para alinearla con los estándares internacionales; se clarifican las competencias de los organismos implicados; se garantiza la audiencia a las Administraciones y ciudadanos; y se simplifican los procesos administrativos.

Real Decreto sobre el descanso de las tripulaciones: se establecen las horas de presentación al servicio, los periodos de actividad en vuelo, el descanso adicional por efecto de las diferencias horarias, y los descansos en cabina, entre otros.

Real Decreto sobre aeropuertos autonómicos: concreta las competencias estatales en relación con los aeropuertos autonómicos, tales como el informe preceptivo y vinculante previo a la planificación, establecimiento, apertura al tráfico y modificaciones, así como una certificación de la AESA, sin perjuicio de los ámbitos de competencia autonómica.

Orden Ministerial sobre competencia lingüística: determina el nivel de competencia lingüística exigible, contemplando la evaluación, certificación y anotación de competencia, entre otros.

Real Decreto sobre Investigación de accidentes: La CIAIAC deberá presentar un informe anual de su actividad al Congreso; la Comisión tendrá facultades para hacer propuestas normativas; se obliga a dar respuesta en plazo a sus recomendaciones; y, ante circunstancias excepcionales, tendrá garantía de los medios; el nombramiento del Presidente (que tendrá rango de Director General) se realizará bajo control parlamentario y se llevará a cabo por el Consejo de Ministros. Los vocales serán nombrados por el Ministro de Fomento."

Centrándonos en la reforma del Artículo 4 de la Ley de Navegación Aérea, cuyo texto ha sido remitido al Congreso de los Diputados:


Esta iniciativa se tramitará como Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea (121/000054). Fue presentado el 04/12/2009, calificado el 07/12/2009, como autor consta el Gobierno y se encuentra en la Comisión de Fomento en la fase De enmiendas hasta el 21 de diciembre. El tipo de tramitación es Competencia Legislativa Plena; Urgente.

Para hacernos una idea de lo que pretende adjuntamos los artículos 7 a 15 y los anexos con los valores de los objetivos de calidad acústica del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.




Es decir que los ciudadanos tendrán que soportar sin rechistar hasta 85 decibelios, y a cualquier hora del día y las veces que haga falta. Y si se pasan insonorizan la vivienda y a sufrir que son dos días.

No habla nada de ofrecer alternativas de cambio de residencia, indemnizaciones por el traslado o por la pérdida de valor patrimonial a aquellos que deseen seguir donde viven; ni de expropiaciones con compensaciones a valor de mercado a los particulares, empresas o municipios afectados. Y no hablan porque el coste sería tan alto que la única alternativa sería cerrar el Aeropuerto de Madrid-Barajas y algún otro.

Cuando el Estado va contra los ciudadanos estos tienen el derecho legítimo a defenderse. Y añadimos, cuando el Estado utiliza todas sus armas, legítimas o no, legales o no, contra los ciudadanos, estos tienen el derecho a defenderse utilizando sus armas, legítimas o no, legales o no.

Y para empezar emplazamos a la Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo y a todos los municipios afectados a que recurran al Tribunal Constitucional.

Y recordamos las palabras del ministro de Fomento: "El objetivo prioritario y común es reforzar la necesaria confianza en el sector aéreo, en su seguridad y en sus profesionales." Y que "se modifica la norma para alinearla con los estándares internacionales; se clarifican las competencias de los organismos implicados; se garantiza la audiencia a las Administraciones y ciudadanos; y se simplifican los procesos administrativos."

Y ahora usted pretenderá que encima le deseemos Felices Fiestas y se molestará si pensamos mal de usted y de los nombres y apellidos de esta reforma:

Los dos ideólogos:


El presidente de AENA, Juan Ignacio "Pato Donald" Lema Devesa


El Director de Aviación Civil, Manuel Ameijeiras Vales

Dos leales servidores:


El director del Aeropuerto de Madrid-Barajas: Miguel Ángel "Filemón" Oleaga Zufiría


El director adjunto del Aeropuerto de Madrid-Barajas: José "Mortadelo" Sanz Dodero

El mensajero:


El ministro de Fomento, José Blanco, al que hace tiempo se le acabó el crédito. El corresponsable, ya sí, de la operación insegura en el Aeropuerto de Madrid-Barajas y de sus más que probables consecuencias; de la que tiene pleno conocimiento (lo confirmó públicamente el 6 de mayo de 2009 al afirmar que "Barajas no es seguro") y que aún así pretende legalizar.

Los beneficiados:


Los intereses económicos ilegítimos y bastardos de la ampliación del Aeropuerto de Madrid-Barajas que costó 7.000 Millones de Euros, de la privatización de Iberia y de la fusión a la aeronáutica entre British Airways e Iberia.

Y los perjudicados:

Los ciudadanos afectados por el ruido y la inseguridad de la operaciones segregadas simultáneas a pistas cruzadas en el Aeropuerto de Madrid-Barajas.